En Paraguay contamos con varias leyes enfocadas en promocionar y garantizar los derechos de las mujeres. Es importante que las conozcamos y podamos contar con estas herramientas, por lo que reunimos en esta nota los enlaces para leer o descargar completa cada ley, y así tenerlas siempre a disposición.
LEY 5508/15 DE PROMOCIÓN, PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Y APOYO A LA LACTANCIA MATERNA
Esta ley tiene por objeto promover, proteger y apoyar la lactancia materna. Además, regula y garantiza los permisos de maternidad y de lactancia, el establecimiento de salas de lactancia y guarderías, protege de los despidos por causa de embarazo y estipula el subsidio que debe recibir la mujer embarazada.
Para descargar y leer: LEY DE LACTANCIA MATERNA
LEY 5446/15 DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA MUJERES RURALES
Esta ley tiene como objetivo general
promover y garantizar los derechos económicos, sociales,
políticos y culturales de las mujeres rurales; fundamentales
para su empoderamiento y desarrollo.
LEY 5777/16 DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES CONTRA TODA FORMA DE VIOLENCIA
Esta ley tiene por objeto establecer políticas
y estrategias de prevención de la violencia hacia la mujer, mecanismos de
atención y medidas de protección, sanción y reparación integral, tanto en el
ámbito público como en el privado. Esta ley incorpora el feminicidio como delito penal, y establece varios avances respecto a su predecesora, la ley 1600/00.
LEY 1600/00 LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
Esta ley establece las normas de protección para toda persona que sufra lesiones, maltratos
físicos, psíquicos o sexuales por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar, que comprende
el originado por el parentesco, en el matrimonio o unión de hecho, aunque hubiese cesado la
convivencia; asimismo, en el supuesto de pareja no convivientes y los hijos, sean o no comunes.
Para descargar y leer: LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
LEY 5407/15 DEL TRABAJO DOMÉSTICO
Esta ley regula la relación laboral entre el trabajador y el empleador, derivada de la prestación de un trabajo doméstico, sin perjuicio de lo establecido en el Código del Trabajo. Establece normativas relacionadas al salario, duración de la jornada laboral, descansos y vacaciones, seguridad social y derecho a la alimentación y a la habitación.
LEY 3540/08 QUE APRUEBA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE
LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
Su objetivo es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en
condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las
personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. En su artículo 6, se enfoca particularmente en las mujeres y las niñas con discapacidad, expuestas a múltiples formas de discriminación por su condición de tales.
LEY 4788/12 DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
Esta ley tiene por objeto prevenir y sancionar la trata de personas en cualquiera de sus
manifestaciones, perpetrada en el territorio nacional y en el extranjero. Es también su objeto el
proteger y asistir a las víctimas, fortaleciendo la acción estatal contra este hecho punible. Determina con especial énfasis la atención integral a las mujeres, niñas y niños como principales víctimas de este delito, y también establece la prohibición del matrimonio servil.
Para descargar y leer:
LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
PROYECTO DE LEY DE PARIDAD DEMOCRÁTICA
Observación: Tal como lo indica su nombre, esta ley aún no ha sido aprobada. Sin embargo, es sumamente importante que conozcamos su contenido para poder debatir con argumentos y posicionarnos a favor de un derecho tan esencial como es el de la participación política de las mujeres en pie de igualdad.
Esta ley ley tiene por objeto establecer, regular y
garantizar la participación y representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos
de elección, de designación y en la selección del funcionariado público, reconociendo
que la participación de ambos en igualdad de condiciones constituye un derecho
fundamental de una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva sobre
la base de principios de igualdad y no discriminación conforme la Constitución
Nacional.
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